Derechos del hombre

Derechos del Hombre

“Sostenemos que estas verdades son evidentes en sí mismas: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad…” Carta de Derechos de los Estados Unidos, 1791.
 

 

Como podrás recordar, John Locke desarrolló las ideas sobre el derecho a la libertad, a la vida y a la propiedad, mismas que fueron retomadas por los ilustrados franceses. Estos derechos se transformaron en uno de los puntos fundamentales de la lucha de los liberales para que se integraran en la constitución. Los independentistas norteamericanos los incluyeron tempranamente en su Declaración de Independencia (1776), posteriormente quedaron contenidos en las diez primeras enmiendas a la Constitución de los Estados Unidos (1787) en lo que se conoce como la Carta de Derechos (Bill of Rights, 1791).

Carta de Derechos de los Estados Unidos, 1791.

 

 

Cabe señalar que los derechos son mencionados de manera muy general y que no se hace referencia al derecho a la propiedad privada, hecho curioso si pensamos que la propiedad privada es la base económica del sistema capitalista, punto que, por el contrario, está perfectamente delimitado en la Declaración francesa como lo veremos un poco más adelante.

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

El documento norteamericano tuvo gran influencia para los franceses. Los derechos del Hombre adquirieron un sentido más profundo porque ellos vivían la explotación e injusticias del orden feudal. De esta manera, en cuanto estalló la revolución se elaboró la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente en 1789.

En la introducción del documento se afirmaba que los derechos son naturales, inalienables* y sagrados y que su olvido o ignorancia es la causa de la desgracia de los pueblos y la corrupción del gobierno.

La gran aportación francesa fue darle a  los derechos un sentido social más profundo, lo que se expresa en la enunciación de su carácter universal, es decir, serían aplicados por igual a todos los seres humanos, desafortunadamente, las mujeres no estaban incluidas* . Finalmente, debe reconocerse que la delimitación y precisión de los derechos del Hombre en el documento de la Declaración, fueron la plasmación de los ideales de la burguesía.

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