Ejercicio 5

La sociedad mexica

Con la siguiente actividad entenderás que el Estado institucionalizó las diferencias de clase en la sociedad mexica.

Ejercicio de escritura

Da clic en las imágenes para leer los dos textos y responde las preguntas. Al finalizar da clic en comparar para recibir retroalimentación.

¿Cómo se manifestaba las diferencias sociales entre los pipiltin (nobles) y macehualtin (los campesinos) en la sociedad mexica?

Entre los pipiltin y macehuales había grandes diferencias sociales que se podían notar en cuanto a las funciones que cumplían en la sociedad y el trabajo que realizaban, las formas de vestirse y de decorar el cuerpo, así como de llevar peinados específicos. Los pipiltin tenían el derecho de tener varias “esposas” y de adornar sus casas de una manera más lujosa. Los macehuales tenían mayores derechos cuando habían servido el imperio en la guerra.

¿Cómo institucionalizó el Estado las diferencias sociales entre los mexicas?

Los tlatoani mexica y los poderes legislativos (los jueces y sus tribunales) del Estado mexica legislaron las relaciones entre parejas, la posesión de bienes, las características de las casas, el uso de indumentaria (vestimenta, decoraciones), peinados y las formas de expresión de los nobles y el pueblo llano. En caso de romper las reglas había severos castigos hasta la pena de muerte como señala el cronista español fray Diego de Durán.

Para recibir retroalimentación deberás responder las dos preguntas.
Víctor M. Castillo Farreras

“La propiedad de bienes muebles e inmuebles estaba rígidamente reglamentada y se basaba sobretodo en el estrato social del individuo y en la distinción que en la guerra tuviese. Una persona, aunque su situación económica se lo permitiera, no podía poseer determinados bienes si estos no correspondían a su estrato social. Había diferencias en las cualidades de los adornos, en la indumentaria, en los utensilios caseros y aún en el corte y la disposición del cabello, según fuera la fama de la persona o del sector social al que pertenecía.

Desde mediados del siglo XV Moctezuma Ilhuicamina había dictado leyes en este sentido, las mismas que más tarde el segundo gobernante de igual nombre haría aún más rigurosas. Según el resumen del testimonio de Durán:

Ordenóse entonces que solo el rey y Tlacaelel pudieran traer zapatos por la ciudad y que ningún grande entrase calzado en palacio, y solo ellos pudieran traer zapatos por la ciudad y ningún otro so pena de la vida, excepto los que hubiesen hecho alguna valentía en la guerra, a los cuales por su valor y señal de valientes les pudiesen permitir traer unas sandalias de las muy comunes y baladíes. También se determinó que sólo el rey pudiese traer las mantas galanas de labor y pinturas de algodón e hilo de diversos colores y plumería; y los grandes señores, las mantas de tal hechura, y los de menos valía, como hubiesen hecho tal o tal valentía o hazaña, otras diferentes; los soldados, de otra menor labor y hechura. Toda la demás gente, so pena de la vida salió determinando que ninguno usase de algodón ni se pusiese de otras mantas sino de henequén, y que estas mantas no pasasen más de cuanto cubriesen la rodilla; y si alguno la trujese que llegase a la garganta del pie, fuese muerto, salvo si no tuviese alguna señal en las piernas de herida que en la, guerra le hubiesen dado; y así, cuando se topaban alguno que traía la manta más larga, luego le miraban las piernas si tenía alguna señal de herida que en la guerra le hubiesen dado, y no hallándosela le mataban, y si la tenía le dejaban y se la permitían para cubrir la herida que por valiente le habían dado; y decían que pues no huyó el pie a la espada, que era justo con aquélla la galardonase y fuesen aquellas piernas honradas.

Por lo que respecta a los bienes inmuebles -con excepción de la tierra- se seguían los mismos lineamientos de posesión y uso que para los muebles. Por ejemplo, como señalan Durán y Alvarado Tezozómoc, no se podía tener casas con almenados altos, ni con techos puntiagudos, ni con miradores elevados, a no ser que sus propietarios fuesen de notoria valentía guerrera.”

Castillo Farreras, V. (1978). Fuerzas y relaciones mexicas de producción. En León Portilla, M. et. Al. Enciclopedia de Historia de México (Tomo IV). México: Salvat. 865-880.

Pablo Escalante Gonzalbo

“La legislación fortalecía las diferencias de clase y contribuía a consolidar el prestigio y el poder de la nobleza. Los nobles usaban vestidos y joyas que estaban prohibidos para el resto de la gente. Aun en el supuesto de que pudiera comprarla en el mercado, un macehual no podía utilizar una joya de jade, y si lo hacía podía sufrir la pena de muerte. El vestido de los nobles era de algodón, y no de fibra áspera como el de la gente del pueblo; las casas de los nobles eran más ricas, más altas y mejor decoradas; los nobles podían tener muchas esposas, pero los macehuales no. Los nobles dormían en cómodos lechos provistos de colchones de pluma, almohadones, sábanas de algodón y pieles de venado. Los macehuales vivían muy austeramente.”

Escalante Gonzalbo, P. (2008). En Nueva Historia Mínima de México Ilustrada. 97-104.